Paso por paso crear y incorporar junta de vecinos
- Confeccionar los estatutos del Grupo.
- Los estatutos deben estar acorde con el articulo 4 de la ley 122-05 y el articulo 35 del reglamento 40-08.
- Convocar la comunidad de vecinos a una asamblea constitutiva para la aprobación de los estatutos, logo, nombre del grupo, elección de la directiva y levantar acta de asamblea.
- El acta de asamblea constitutiva que resulte debe ser iniciada por los directivos electo en todas sus paginas.
- Los estatutos aprobados en dicha asamblea deben ser iniciados en todas sus paginas por todos los asistente a la asamblea.
- Los estatutos y el acta de asamblea que resulten deben ser registrado en el registro civil del ayuntamiento correspondiente.
- conformar una relación con los con los nombres y apellidos, No. de cédulas, cargo y firma de la directiva electa.
- Conformar una relación de todos los asistente a la asamblea donde consten los siguientes datos de cada unos: Nombre y apellidos, No. de cédula,estado civil, dirección , nacionalidad y profesión u oficio.
- Copias de las cédulas de cada uno de los directivos.
- Comprar y registrar el nombre comercial en (ONAPI)
- Comprar el certificado especial de registro de nombre en (ONAPI)
- Comprar impuesto de asociaciones sin fines de lucros (ASL) en (BANRESEVAS)
- Comprar impuesto de certificaciones generales en (BANRESERVAS)
- Registrar el grupo en el ayuntamiento correspondiente.
- Solicitar certificación de registro del grupo en asunto comunitario del ayuntamiento correspondiente.
- Nota: todos los documentos antes mencionado deben ser depositada con una instancia de solicitud de incorporación ante la procuraduría General de la corte de apelación del departamento correspondiente, en original y tres copias encuadernada o en forder.
- La procuraduria General de la Corte de apelación del departamento correspondiente emitirá una resolución y un certificado de incorporación.
- Todos los documentos depositado en la procuraduria general de la corte de apelacion del departamento judicial correspondiente, mas la resolución y el certificado de incorporación emitido por ellos mismo deben ser depositado mediante una instancia a la secretaria del juzgado de paz correspondiente y el juez presidente de la cámara civil correspondiente.
- solicitar certificación de deposito de documento a la secretaria del juzgado de paz correspondiente y la secretaria del juez presidente de la cámara civil correspondiente.
- Realizar aviso publicación de incorporación en periódico de circulación nacional a la firma del presidente del grupo donde conste :
- Fecha de constitución y nombre del grupo.
- Domicilio social y tipo de asociación.
- Duración y objetivos del grupo.
- Nombre y cargo de los directivos.
- Nombre del presidente.
- Numero de resolución y certificación de incorporación con su fecha de la procuradoria General de la corte de Apelación del distrito Judicial correspondiente.
- Relación de todos los documentos depositado en el juzgado de paz y juez presidente de la cámara civil correspondiente
Nota :La publicación en el periodicucho debe tener tres sellos:
- La del editor del periódico.
- La del presidente del ayuntamiento.
- La del registro civil del ayuntamiento correspondiente.
Para la solicitud de incorporación definitiva debe dirigirse instancia nuevamente al procurador de la corte de apelación del distrito judicial correspondiente, anexándole lo siguiente.
- Publicación del periódico debidamente sellada
- Certificación de deposito de documento del juzgado de paz.
- Certificación de deposito de documento de la secretaria del juez presidente de la cámara civil correspondiente.
Finalmente:
Todo esto dará como resultado la devolución por parte de la procuraduria general de la república los originales de los documentos depositados y la emisión del certificado de registro nacional de incorporación(RNI).
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