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Todo sobre junta de vecinos

Paso por paso crear y incorporar junta de vecinos

  • Confeccionar los estatutos del Grupo.
  • Los estatutos deben estar acorde con el articulo 4 de la ley 122-05 y el articulo 35 del reglamento 40-08.
  • Convocar la comunidad de vecinos a una asamblea constitutiva para la aprobación de los estatutos, logo, nombre del grupo, elección de la directiva y levantar acta de asamblea.
  • El acta de asamblea constitutiva que resulte debe ser iniciada por los directivos electo en todas sus paginas. 
  • Los estatutos aprobados en dicha asamblea  deben ser iniciados en todas sus paginas por todos los asistente a la asamblea.
  • Los estatutos y el acta de asamblea que resulten deben ser  registrado  en el registro civil del ayuntamiento correspondiente.
  • conformar una relación con los con los nombres y apellidos, No. de cédulas, cargo  y firma de la directiva electa.
  • Conformar una relación de todos los asistente a la asamblea donde consten los siguientes datos de cada unos: Nombre y apellidos, No. de cédula,estado civil, dirección , nacionalidad  y profesión u oficio.
  • Copias de las cédulas de cada uno de los directivos.
  • Comprar y registrar  el nombre comercial en (ONAPI)
  • Comprar el certificado especial de registro de nombre en (ONAPI)
  • Comprar impuesto de asociaciones sin fines  de lucros (ASL) en  (BANRESEVAS)
  • Comprar impuesto de certificaciones generales en (BANRESERVAS)
  • Registrar el grupo en el ayuntamiento correspondiente.
  • Solicitar certificación de registro del grupo en asunto comunitario del ayuntamiento correspondiente.
  • Nota: todos los documentos antes mencionado deben ser depositada con una instancia de solicitud de incorporación  ante la procuraduría General de la corte de apelación del departamento correspondiente, en original y tres copias encuadernada o en forder.
  • La procuraduria General de la Corte de apelación  del departamento correspondiente emitirá una resolución y un certificado de incorporación.
  • Todos los documentos depositado en la procuraduria general de la corte de apelacion del departamento judicial  correspondiente, mas la resolución  y el certificado de incorporación emitido por ellos mismo deben ser depositado mediante una instancia a la secretaria del juzgado de paz correspondiente y el juez presidente de la cámara civil correspondiente.
  • solicitar certificación de deposito de documento a la secretaria del juzgado de paz correspondiente y  la secretaria  del juez presidente de la cámara civil correspondiente.
  • Realizar aviso publicación de incorporación en periódico de circulación nacional  a la firma del presidente del grupo donde conste :
  1. Fecha de constitución  y nombre del grupo.
  2. Domicilio social y tipo de asociación.
  3. Duración y objetivos del grupo.
  4. Nombre y cargo de los directivos.
  5. Nombre del presidente.
  6. Numero de resolución  y certificación de incorporación con su fecha de la procuradoria General de la corte de Apelación del distrito Judicial correspondiente.
  7. Relación de todos los documentos depositado en el juzgado de paz y juez presidente de la cámara civil correspondiente
Nota :La publicación en el periodicucho debe tener tres sellos:
  1. La del editor del periódico.
  2. La del presidente del ayuntamiento.
  3. La del registro civil del ayuntamiento correspondiente.
Para la solicitud de incorporación definitiva debe dirigirse instancia nuevamente al procurador de la corte de apelación del distrito judicial correspondiente, anexándole lo siguiente.
  • Publicación del periódico debidamente sellada
  • Certificación de deposito de documento del juzgado de paz.
  • Certificación de deposito de documento de la secretaria del juez presidente de la cámara civil correspondiente.

Finalmente:
Todo esto dará como resultado la devolución por parte de la procuraduria general de la república los originales de los documentos depositados y la emisión del certificado de registro nacional de incorporación(RNI).

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