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Nuestro Reglamento.

Nuestro Marco Legal

URBANIZACIÓN PALMAS DEL VALLE
REGLAMENTO GENERAL

 La Junta de Vecinos Palmas del Valle Inc.,  Debidamente representada por su presidente y  una Junta Directiva de once (11) miembros, sociedad establecida de conformidad a la ley 122-05, promulgada el 8 de abril del año 2005, como organización sin fines de lucro (ONG), entra en la categoría de una organización de beneficio público y de servicios a tercera persona; está compuesta por personas voluntarias, con asiento social en la calle 8 número 4 la Urbanización Palmas del Valle de Pontezuela Tamboril, provincia de Santiago, República Dominicana, pudiendo ser trasladada a cualquier otra parte del territorio de la Urbanización que decidiere dicho Consejo Directivo.
Los límites de esta Junta de Vecinos están establecidos al Norte por el residencial Israel, al Sur Barrio pontezuela, al este por la comunidad de Don Pedro y al oeste por la Carretera Santiago – Tamboril.
VISTO.
Que esta Junta de Vecinos fue creada legalmente por la mayoría de los miembros residentes en esta urbanización mediante la aprobación de sus estatutos 
en asamblea constitutiva de fecha 28 de noviembre del 2014.
Que esta Junta de Vecinos fue incorporada mediante resolución No.381 de la Procuraduría General de la Republica de fecha 24 de febrero del año 2015 y Certificado de Registro Nacional de Incorporación(RNI) No. 010979/2015.
Que es la única entidad sin fines de lucros creada en esta urbanización para defender su territorio y sus propietarios de cualquier amenaza común, que pueda perturbar a los residentes o su entorno.
Que los estatutos aprobados en su artículo 32 acápite I, les da poder al Consejo Directivo para crear cuanto reglamento sean necesarios.
 Visto que los estatutos aprobados en su artículo 32 acápite A, les da poder al Consejo Directivo para hacer cumplir fielmente los estatutos, los reglamentos y las resoluciones que se dicten.
En vista de que el articulo 32 en su acápite M de los estatutos aprobados, les da poder a la Junta de Vecinos Palmas del Valle para hacer todo tipo de denuncia o querella judicial contra todo acto ilegal que violente la paz de la Urbanización.
Visto que la INMOBILIARIA MEDIA LUNA, fue la promotora y ejecutora de esta urbanización, poniendo desde sus inicios a conocimiento de los inversionistas en el proyecto todas las regulaciones especiales mediante el contrato sinalagmático de promesa de compra-venta firmado por los compradores y la mencionada Inmobiliaria en su artículo nueve (9) y todos sus acápites.De manera, que la adquisición de un inmueble dentro de la Urbanización Palmas del Valle representa parte de un PROYECTO RESIDENCIAL PRIVADO, con puertas cerradas, control de acceso, privacidad y seguridad en la puerta delantera de la Urbanización. Con la concepción e intención de Conservar, proteger y avalar la calidad de dicho proyecto.
Esta Junta de Vecino tomando en consideración todo lo expuesto anteriormente pone en ejecución el siguiente Reglamento de regulaciones del proyecto. Donde los compradores se comprometen a:
1.   USO

a-  El lote o solar adquirido será única y exclusivamente para uso de vivienda residencial, no mayor de dos niveles y por ningún concepto será destinada a otro uso en el futuro excepto los solares aprobados en los planos originales como área de desarrollo.

b-   No se producirán ruidos o molestias, ni se ejecutarán actos que perturben la
tranquilidad de los demás vecinos.

c Las obras que ejecute cada propietario para la conservación, reparación, estética, higiene,Seguridad y mejoras de sus viviendas las realizará sin que pueda perturbar el uso legítimo de los demás propietario. Por lo que todo adquiriente deberá ajustar en todo momento su conducta al orden, moralidad, decoro y normas de convivencia establecida por la ley, las buenas costumbres y este reglamento. En virtud todo propietario es responsable directo de las violaciones a las normas de convivencia y de los daños y molestias ocasionadas a los demás vecinos, por su familia, visitas, empleados y en general por las personas que ocupan su vivienda a cualquier título.

Para mantener buena imagen del entorno y buenas costumbres dentro de la urbanización se requiere cumplir con las siguientes reglamentaciones:

a-   No usar amplificadores de sonidos, equipos o instrumentos que perturben la paz de los vecinos.
b-   No colocar antenas de radios, televisión, radio teléfonos u otros, que atente a la estética normal de las viviendas y la salud de las personas.
c-   No colocar letreros, insignias y afiches de propagandas de ningún tipo.

a-   No todos los animales son aptos para vivir con seres humanos, por lo que debe evitarse traer vacas, cerdos, caballos, entre otros animales que puedan causar molestias a sus vecinos.
b-    No tender o secar ropas, alfombras, cortinas, etc., en la parte delantera ventanas o parte visible de la vivienda.
c-   En las vías de acceso y dentro de los salares no se permitirá el paqueo ni temporal, ni definitivo de vehículos pesados, excepto para carga o descarga de bienes del propietario. Estará limitada la entrada de estos vehículos después de la 6.00 de la tarde a menos que sea a realizar algún trabajo en específico puesto a conocimiento de la directiva.
d-    No se permitirá la quema de basura, desechos de maleza ente otras, ya que la misma es perjudicial al medio ambiente y a la salud de los vecinos.
e-   No se permitirá la instalación de locales comerciales o desarrollo de cualquier tipo de negocios dentro de la urbanización.
f-    Para mejorar el desenvolvimiento de la seguridad y mantener la imagen y buenas costumbres, no se permitirá la aglomeración de Personas, ni el uso de bebidas alcohólicas en la entrada de la urbanización.
 a-   Todas las personas que posean solares para ser trabajados, así como también obrero que trabajen en la construcción de casa, deben presentar una autorización de la junta de vecinos para entrar a la urbanización.
b-   No permitir entrada de ningún vendedor, salvo el caso que el mismo previo aviso se dirija donde algún residente en específico, no pudiendo el vendedor realizar ninguna otra actividad de venta dentro de la urbanización.
c-   Estará prohibido la entrada de vehículo con radio a alto volumen, alta velocidad, así como también guagua anunciadora, entre otros que puedan
causar ruido a la comunidad.
d-   No se permitirá la entrada, ni tirada de basura, desperdicios de tierra, escombros de ningún tipo, solamente tierra para rellenos de solares y tierra negra para el uso de jardinería y ornato previa comprobación.
e-  No permitir paqueo de vehículos que estén obstaculizando el tránsito en la entada de la urbanización.
f-    Para poder seguir conviviendo en un lugar sano y seguro, debemos velar que no existan vicios o malos hábitos que puedan dañar nuestra familia.
g-   Mantener el respeto con nuestros vecinos y relacionados, ya que estos serán nuestros familiares más cercanos, por lo que se debe evitar los chismes y peleas dentro de la urbanización.
a-   Debemos pensar en los demás, por lo que debemos tener presente no transitar a alta velocidad dentro de la urbanización.
b-   Uno de los recursos más preciado de la naturaleza es el agua, por lo que les sugerimos economizarla, no piense como los ignorantes que dicen” yo la pago”, piense en que otros las necesitan.
c-   Las plantas eléctricas deberán ser ubicadas en casetas preparadas para aislar el ruido y los gases no dirigidos de manera directa a los vecinos

2. SUELO.
a_ Queda determinantemente prohibido las alteraciones de las calles y sus perímetros, así como el área verde y peatonal, a menos que sea ejecutado por una institución estatal autorizada para esos fines.
b_ Queda prohibido depositar basura, escombros, tierra de remoción, entre otros desperdicios dentro de la Urbanización.
c_ Los solares no podrán ser cercados con postes vivos, ni pueden ser usado para deposito definitivo de materiales de ningún tipo, así como también para criaderos de animales como vacas, cerdos, caballos, chivos, entre otros animales que puedan perturbar la tranquilidad de los vecinos.  
             
d_ En los solares a ser sembrado por algún cultivo, no se permitirá cultivos que afecten la visibilidad, entorno y el libre tránsito por las aceras (cultivo de altura significativa).
e_ Es responsabilidad del adquiriente de un solar o lote en la urbanización Palmas del Valle, desyerbarlo y mantenerlo limpio.
1
  CONSTRUCCIONES.
a- Por la naturaleza de la urbanización no se permiten construcciones de edificios de apartamento, pensiones, casetas en los solares y casa mayores de dos niveles. (después del segundo nivel tampoco se permitirá, kiosco etc.).
b- Cuando se trate de construcciones de un solo nivel, no se permitirá más de una vivienda por solar originalmente deslindado. En el caso de que se trate de construcciones de dos niveles no más de dos viviendas por solar originalmente deslindado.
c-Todo encargado de obra debe suministrar una lista a la Junta de Vecinos con los nombres de las personas que trabajarán en la misma.
d- La junta de vecinos le suministrará un carnet de contratista por cada obrero que exista en la obra, el cual tendrá un costo, el mismo debe ser devuelto al finalizar la construcción. La no devolución, pérdida y deterioro del carnet entregado, tendrá un costo extra.
El carnet suministrado por la Junta de Vecinos debe ser presentado en la entrada de la Urbanización para poder penetrar a la misma
e- Será imprescindible el abastecimiento y preparación de ligados de mezcla de los materiales dentro del límite frontal correspondiente al solar, para garantizar que estos no se extiendan fuera del terreno y evitar daños del entorno, áreas comunes y vecinos.
f- Los desperdicios de las construcciones deben ser retirados periódicamente para evitar molestias a vecinos y transeúntes, además obstaculización del tránsito en las vías de acceso y la escorrentía del agua.
g- Queda establecido, que si el propietario por mantener materiales de construcción frente o dentro del perímetro de su propiedad, obstruye un imbornal o algún desagüe pluvial o sanitario, es de su responsabilidad económica la reparación del mismo.
i-Toda obra al ser finalizada debe dejar la calle, acera y contenes totalmente limpio.
j-El área donde se desarrolla la construcción debe ser mantenida limpia libre de basura (funda de cemento vacía, platos y vasos plásticos, entre otros desperdicios).
k- Por la tranquilidad que requieren los residentes estarán limitados las construcciones en la noche, así como también los días domingo y feriados, siempre y cuando las mismas puedan causar molestia e intranquilidad a su vecino más cercano.
l- La música a alto volumen, ruidos innecesarios, así como también palabras obscenas dentro de personal de la construcción estarán limitadas.
m- No se permitirá más de una persona para el cuidado de la casa en construcción.
 n- Están prohibidas las construcciones con fines comerciales o de negocios, casa de zinc, aluzinc, madera, y casetas con fines definitivos en solares.
o- Para mantener imagen, las casas a ser construidas con diseños que mantengan el buen entorno de la urbanización.
p- Cuando se realicen construcciones de cisterna, no se permitirá que las mismas sean dejada abierta, debido al peligro que esto representa para los niños, además la gran cantidad de mosquitos que se reproducen q- No se permitirá cocinar, ni realizar venta de comida dentro de las construcciones que se desarrollen dentro de la urbanización.
Nota: queda prohibido en las construcciones los desagües pluviales correspondientes al techo de la casa ponerlo a descargar en las tuberías perteneciente al sistema de cloacas, ya que congestiona el sistema provocando el desborde de aguas residuales, además que está prohibido por CORAASAN.  De igual manera queda prohibido las construcciones de registro de cloaca en el límite correspondiente a las aceras de las calles.
r- Todos los planos para cualquier construcción, remodelación o anexos en las construcciones existentes deberán ser sometidos vía al consejo Directivo de la Junta de Vecinos Palmas del Valle, a los fines de su evaluación y aprobación “Previo al trámite requerido por las autoridades correspondientes, deberán prepararse y remitirse al consejo Directivo, una (1) copia del bosquejo o ante proyecto de la construcción.
s- El Consejo de Directivo se reunirá y procederá a dar respuesta por escrito en un plazo no mayor de cinco días laborables, a partir de la fecha de de ser recibido.
t- Los planos arquitectónicos y materiales de dichas viviendas deberán ser previamente aprobados por escrito por el DEPARTAMENTO DE PLANEAMIENTO URBANO DEL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE TAMBORIL, y supervisado durante todo el proceso de  Después de los planos definitivos ser aprobados por DEPARTAMENTO DE PLANEAMIENTO URBANO DEL AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE TAMBORIL el cliente enviara una copia extra para el consejo Directivo de la Junta de Vecinos, con el objetivo de conservarla en sus archivos.
u- Los linderos para viviendas deben cumplir con los requeridos por la oficina municipal de planeamiento urbano del ayuntamiento del municipio de Tamboril.
Las viviendas deberán ser construida de no menos de 130.00 Mts2 de construcción, techada de hormigón, que incluye marquesina.
No se permitirá construcciones sobre los linderos que dividen una propiedad de la otra.

4. LIMPIEZA DE LAS CALLES.
 Para poder conservar las calles en buen estado, queda prohibido tirar materiales en las aceras y calzadas, preparar mezclas para dejarla tirada, basura en las calles. De igual modo se prohíbe picar el hormigón o asfalto de las calles o romper los contenes sin previa autorización de los organismos competente.  
 5. MANTENIMIENTO DEL PROYECTO.
a- Los propietarios se comprometen a pagar mensualmente los gastos de mantenimiento para pago de seguridad, reparación de lámparas, limpieza de áreas comunes y cualquier otra actividad que sea necesario realizar dentro de la Urbanización. Este valor podrá ser modificado por la Junta de Vecinos cuando así lo considera conveniente.
Este aporte se hará efectivo desde el momento de la compra del inmueble, esto se aplicará además a los propietarios de solares.

La violación a este reglamento por algún miembro de la comunidad conlleva las siguientes acciones:
a-   Ser visitado por una comisión de la directiva o invitado a una reunión de la misma, para tratar de resolver el problema amigablemente.
b-   Envió de una comunicación a la firma de la directiva solicitándole la solución del problema.
c-   Eenviar carta a la institución que tiene que ver con el problema y tratar de resolverlo con el miembro de la comunidad.
d-   Citar a la persona involucrada a la institución facultada por la ley para resolver el problema (Medio Ambiente, Salud Pública, Policía Nacional, Ayuntamiento, Fiscalía, Coraasan, Obras Públicas, etc.).
Hecho, y aprobado en pontezuela, Tamboril, Provincia de Santiago de los caballeros, República Dominicana a los Veintitrés (23) días del mes de enero del año dos mil quince (2015).



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